CASA DEL GALLO Hardware
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May 9, 2020
PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA LA NORMALIDAD (Orden SND/399/2020, de 9 de mayo) FASE 1 (2 de 4): 1. Se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. 2. No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso de que resultara estrictamente necesario. 3. La distancia entre vendedor y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos. 4. El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar sus compras o recibir la prestación del servicio. 5. En los establecimientos y locales comerciales que cuenten con zonas de autoservicio deberá prestar el servicio un trabajador del establecimiento o mercado, con el fin de evitar la manipulación directa por parte de los clientes de los productos.
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